Sec. 300.311 Documentación específica para la determinación de elegibilidad
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300.311 Documentación específica para la determinación de elegibilidad
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(a) Para un niño que se sospecha tiene un impedimento específico de aprendizaje, la documentación de la determinación de elegibilidad, según lo requerido en §300.306(a)(2), debe contener una declaración de—
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(1) Si el niño tiene un impedimento específico de aprendizaje;
(2) La base para tomar la determinación, incluyendo una garantía de que la determinación se ha realizado de acuerdo con §300.306(c)(1);
(3) El comportamiento relevante, si lo hay, observado durante la observación del niño y la relación de ese comportamiento con el funcionamiento académico del niño;
(4) Los hallazgos médicos relevantes para la educación, si los hay;
(5) Si— -
(i) El niño no logra un rendimiento adecuado para su edad o para cumplir con los estándares de nivel de grado aprobados por el estado, de acuerdo con §300.309(a)(1); y
(ii)
(A) El niño no progresa suficientemente para cumplir con los estándares de nivel de grado aprobados por el estado, de acuerdo con §300.309(a)(2)(i); o
(B) El niño presenta un patrón de fortalezas y debilidades en su desempeño, logro o ambos, en relación con su edad, los estándares de nivel de grado aprobados por el estado o su desarrollo intelectual, de acuerdo con §300.309(a)(2)(ii); -
(6) La determinación del grupo con respecto a los efectos de un impedimento visual, auditivo, motor o intelectual; perturbación emocional; factores culturales; desventaja ambiental o económica; o dominio limitado del inglés en el nivel de logro del niño; y
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(7) Si el niño ha participado en un proceso que evalúa su respuesta a una intervención científica y basada en la investigación—
(i) Las estrategias de instrucción utilizadas y los datos centrados en el estudiante recopilados; y
(ii) La documentación de que los padres del niño fueron notificados sobre—
(A) Las políticas del estado respecto a la cantidad y naturaleza de los datos de desempeño del estudiante que se recopilarían y los servicios de educación general que se proporcionarían;
(B) Estrategias para aumentar el ritmo de aprendizaje del niño; y
(C) El derecho de los padres a solicitar una evaluación. -
(b) Cada miembro del grupo debe certificar por escrito si el informe refleja su conclusión. Si no refleja su conclusión, el miembro del grupo debe presentar una declaración por separado con sus propias conclusiones.
Recursos
Tenga en cuenta que esto está traducido de la página oficial de IDEA en inglés. Aquí está el sitio web oficial de IDEA: https://sites.ed.gov/idea/regs/b/d/300.311
