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Derechos de Proceso Debido/ Resolución de Conflictos

Si usted tiene problemas o desacuerdos con respecto a la educación especial de su niño usted tiene el derecho de tomar pasos para resolver sus áreas de desacuerdo. 

Ambas Leyes le dan este derecho: la Ley Federal (El Acta de Educación para Individuos con Impedimentos - IDEA'04) y la Ley del Estado (las Regulaciones y Estándares de PA).

Si usted ha tratado de trabajar con el Distrito Escolar, mas ellos no han resuelto sus preocupaciones sobre el programa de educación especial del niño o la colocación usted puede:

  • Solicitar una Audiencia de Proceso Debido 

 

  • Entre 15 días laborables el Distrito Escolar debe citarlo a Sesión de Resolución para resolver sus preocupaciones 

 

  • Asegurase de ponerle la fecha a su solicitud. Mantenga una copia para sus archivos

  • Si usted y el distrito escolar acuerdan de renunciar la sesión de resolución e ir directamente a una Audiencia de Proceso Debido entonces ellos tienen 30 días laborales para conducir la Audiencia, y la decisión debe ser presentada entre 45 días, al menos que una extensión fuera proveída.  Usted también puede acordar de ir a una Sesión de Mediación en vez de una Sesión de Resolución.

  • Nota:  En una Audiencia de Proceso Debido el Distrito Escolar generalmente tiene un abogado presente, por lo tanto - aunque no es obligatorio - recomendamos que usted obtenga la representación de un abogado.  Aunque, si el padre no tiene abogado debe de asistir a la Audiencia.

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