Derechos de Debido Proceso / Resolución de Conflictos

Si usted tiene problemas o desacuerdos con respecto a la educación especial de su niño usted tiene el derecho de tomar pasos para resolver sus áreas de desacuerdo.

Ambas de las Leyes le dan este derecho: la Ley Federal (El Acto de Educación para Individuos con Impedimentos - IDEA'04) y la Ley del Estatal (las Regulaciones y Estándares de PA).

Si usted ha tratado de trabajar con el Distrito Escolar, mas ellos no han resuelto sus conciernes sobre el programa de educación especial del niño o la colocación usted puede:

  • Solicita una Audiencia de Proceso Debido

  • Entre 15 días calendarios el Distrito Escolar debe citar una Sesión de Resolución para resolver sus preocupaciones

  • Solicite lo por escrito (para la forma oficial oprima aquí: http://odr.pattan.net/dueprocess/RequestForms.aspx)

  • Asegurase ponerle la fecha a su pedido

  • Mantenga una copia para sus archivos

Si ambos usted y el distrito escolar acuerdan de renunciar la sesión de resolución e ir directamente a una Audiencia de Proceso Debido entonces ellos tienen 30 días calendarios para conducir la Audiencia, y la decisión debe ser prestado entre 45 días, al menos que una extensión fue proveído.  Usted también puede acordar de ir a una Sesión de Mediación en vez de una Sesión de Resolución.

Notar:  En una Audiencia de Proceso Debido el Distrito Escolar generalmente tiene un abogado presente, por lo tanto - aunque no es obligatorio - recomendamos que usted obtenga la representación de un abogado.  Como sea, si el padre no tiene abogado no debe de evitar que vaya a una Audiencia.